La Secretaria Adjunta es la colaboradora inmediata del Secretario General, a quién reemplazará en caso de acefalía, renuncia, separación, expulsión o cualquier otro impedimento para el desempeño del cargo. Coordina el trabajo de las distintas Secretarías junto con el Secretario General. Asimismo, tendrá a su cargo la atención de las otras funciones que le asigne el Consejo Directivo por resolución expresa.