El trámite se inicia 45 días antes de la fecha de matrimonio o unión convivencial.
Vence a los 45 días de producido el evento.
El trámite para tal beneficio deberá iniciarse con 40 días de antelación a la fecha de viaje y dentro de los 45 días posteriores a la fecha de matrimonio.
Presentar:
• DNI TITULAR Y CONYUGE
• ULTIMOS 3 RECIBOS DE SUELDO FIRMADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL
• LIBRETA DE CASAMIENTO O CERTIFICADO O TURNO DEL REGISTRO CIVIL